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El Asesinato de Belford Ramírez

May 18, 2022 Armando Torres Season 3 Episode 101
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El Asesinato de Belford Ramírez
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En el episodio de hoy hablo de un crimen ocurrido hace 15 años en el pueblo de Mayagüez. Un joven estudiante universitario se encontraba en un restaurante de comida rápida compartiendo con unas amistades cuando un hombre que se encontraba en el lugar comenzó a hostigar a una de las jóvenes  que acompañaba al joven provocando una tragedia.

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En el episodio de hoy estaré hablando de un crimen ocurrido hace 15 años en el pueblo de Mayagüez. Un joven estudiante universitario se encontraba en un restaurante de comida rápida compartiendo con unas amistades cuando un hombre que se encontraba en el lugar comenzó a hostigar a una de las jóvenes del grupo que acompañaba al joven provocando una situación lamentable. Ninguna de las personas que estuvo allí esa noche se podía imaginar lo que estaba por acontecer.

La noche del 18 de marzo del 2007 Belford Ramírez García, un estudiante de Administración de Empresas de 19 años que asistía al Recinto Universitario de Mayagüez entró con unas amistades al Burger King que queda cerca del Colegio. Mientras se encontraba en la fila para ordenar su comida, Rafael Soto Román, a quien le decían Rafy El Barbero, de 33 años entró al establecimiento y comenzó a hacerle comentarios y a hostigar con insinuaciones y piropos de índole sexual a una de las jóvenes del grupo que acompañaba a Belford. Al parecer estos comentarios incomodaron a Belford quien salió en defensa de su amiga y le dijo algunas palabras a Rafael para que la dejara quieta. Lamentablemente esto no hizo que él se alejara y dejara de hostigarlos sino que provocó la ira de Rafael quien se tornó agresivo, empujó a Belford y lo invitó a pelear. Una de las acompañantes de Belford lo aguantó y le dijo que no le hiciera caso. Luego de terminar de pedir la orden se sentaron a comer. Sin embargo, Rafael seguían mirándolo mal y diciéndole cosas. 

“que vas a hacer cantoe bobo”

Debido a esto la gerente del negocio, quien conocía a Rafael, les dijo que se tenían que ir para afuera si seguían discutiendo. Una de las acompañantes de Belford indicó que él trató de evitar lo más que pudo la confrontación y podía notar que Rafael estaba bien molesto. Pero otras versiones indican que ambos se estaban diciendo cosas de parte y parte hasta que Rafael comenzó a salir del negocio y le gritó a Belford “ven pa fuera si tienes cojones”. Cuando Belford salió del negocio él y Rafael comenzaron a discutir hasta que la confrontación se tornó física y comenzaron a empujarse, de repente Rafael sacó algo del bolsillo, hizo como si fuera a tirar un puño y le dio un golpe en el área del cuello a Belford que provocó que saliera un chorro de sangre. Rafael le había provocado una herida en la yugular a Belford quien cayó al suelo, comenzó a desangrarse y trataba en vano de detener la sangre tapándose desesperadamente con las manos. De inmediato Rafael se dio cuenta de lo que había hecho y se fue rapidamente del lugar. En presencia de sus amigos quienes trataban de hablarle y no sabían qué hacer Belford comenzó a perder el conocimiento, el sangrado era demasiado profuso y no se detuvo hasta que en varios minutos perdió el conocimiento y murió desangrado.

El funeral de Belford se llevó en la funeraria Santa Ana en Cabo Rojo. Luego de salir de la funeraria  El 21 de marzo del 2007, un día muy triste para la familia de Belford Ramírez y para las personas que lo conocieron, fue sepultado en medio de aplausos y de una fuerte lluvia en el cementerio Los Robles Memorial Park del mismo pueblo. 

Un grupo de agentes del CIC estuvo presente para darles seguridad a los testigos del asesinato que se encontraban en el cementerio.

El padre de Belford quien lleva el mismo nombre ofreció un conmovedor mensaje agradeciendo a todas las personas que lo acompañaron a él y a su familia durante esta tragedia. También les pidió a los medios noticiosos que no tomaran fotos ni videos del sepelio ni de las personas que estaban allí presentes porque habían recibido amenazas.

“Ustedes no saben el miedo que nos da como padres cada vez que ustedes salen’’. “La maldad está dondequiera. Cuando estuve enfermo del corazón mi hijo fue el que “me sacó del hoyo’’ con sus consejos. También hizo lo mismo con mi papá. Belford le hacía prácticamente todo a su abuelo, lo llevaba al médico, lo bañaba y atendía sus cuentas. Él estaba muy maduro para su edad, intelectualmente hablando, pero no estaba preparado para la maldad que hay hoy en día en Puerto Rico’’

Rafael Soto Román fue arrestado por haber herido mortalmente a Belford Ramírez. Al momento de su arresto estaba libre bajo palabra, luego de haber sido convicto por narcotráfico en el foro federal.

Rafael Soto fue acusado de asesinato en primer grado y violaciones a la ley de armas, se le encontró causa para arresto y luego de la vista preliminar causa para juicio. Al no poder prestar la fianza de 1 millón de dólares, que le impuso el juez Emilio Mulero, fue encarcelado en la cárcel Las Cucharas de Ponce en espera de que comenzara el juicio el cual tardó más de un año en empezar.

Cuando el Ministerio Público de Puerto Rico acusa a alguien de asesinato usualmente buscan que se le juzgue por el grado más alto de ese delito que en este caso era el asesinato en primer grado. Por su parte la defensa del acusado busca lo contrario y trata de que, en el caso de no poder obtener una absolución, al menos sea condenado a la pena más baja posible.

En nuestro código penal existen grados para algunos delitos, es decir que dependiendo de ciertos elementos ocurridos durante la comisión de algún delito se determina cuál será la pena que se le estará aplicando a una persona de ser encontrada culpable. El asesinato, que es el delito que más se cubre en este podcast, también tiene sus grados. Según el artículo 92 del código penal de Puerto Rico un asesinato ocurre cuando se le da muerte a un ser humano a propósito, con conocimiento o temerariamente. Para que este acto sea calificado como un asesinato en primer grado el mismo tiene que ocurrir bajo ciertas circunstancias. Por ejemplo tiene que ser realizado por medio de veneno, acecho, tortura y a propósito.

También cuando ocurre en medio de un incendio agravado, agresión sexual, robo, escalamiento agravado, secuestro, envenenamiento de aguas públicas, agresión grave, fuga, maltrato, abandono de un menor, restricción de la libertad, o agresión sexual de una pareja.

Cuando un funcionario del orden público ya sea un agente de la policía o guardia de seguridad privado, fiscal, procurador de menores, procurador de asuntos de la familia, juez u oficial de custodia que se encuentre en el cumplimiento de su deber es asesinado su muerte se califica como asesinato en primer grado.

Por último todo asesinato que ocurra al disparar un arma de fuego desde un vehículo de motor, o en un lugar público o abierto es clasificado como asesinato en primer grado.

En el código penal del 2018, según enmendado, se incluyeron los feminicidios y trans-feminicidios en la categoría de asesinato en primer grado. El asesinato en primer grado conlleva una pena fija de 99 años de cárcel.

Todo asesinato que ocurre de forma temeraria, es decir, sin premeditación o sin medir las consecuencias de lo que se está haciendo en el momento es clasificado como un asesinato en segundo grado. La pena del asesinato en segundo grado son 50 años de cárcel.

Por último existe el asesinato atenuado que ocurre cuando una persona es asesinada a propósito, con conocimiento o de forma temeraria, sin embargo, la persona que comete el delito lo hace bajo alguna perturbación mental o emocional para la cual exista una explicación o excusa razonable. La pena de este delito es un término fijo de 15 años de cárcel.

En el código penal del 2004 que era el que estaba vigente cuando ocurrió la muerte de Belford. la pena de asesinato en segundo grado era de un máximo de 25 años y en el caso del asesinato atenuado era de un máximo de 8 años.

Volviendo al caso de hoy…

Luego de un año de procedimientos legales y de aplazamientos la jueza Agnes Orriola del Centro Judicial de Mayagüez señalo el 16 de junio del 2008 como la fecha de inicio del proceso judicial en contra de Rafael Soto Román. Ese día tanto el Ministerio Público como la defensa del acusado tenían que evaluar la prueba disponible.

Antes del comienzo del juicio los abogados de Rafael Soto le solicitaron al tribunal que se hiciera una investigación del proceso de vista preliminar debido a que la jueza Carmen Lugo, quien estuvo a cargo de esta etapa del proceso, era hermana del Lcdo. Aníbal Lugo, abogado del papá de Belford. Esto según la defensa de Rafael representaba un conflicto y a su entender ella se tenía que haber inhibido del proceso.

El fiscal a cargo del caso, José Giraud Mejías, indicó por su parte que la fiscalía realizó una investigación sobre los alegatos que hizo la defensa, pero a su entender el proceso de vista preliminar no se vio afectado y la jueza no tenía por qué inhibirse. 

El padre de Belford aseguró en aquel entonces que cuando se llevó a cabo la vista preliminar en el 2007 el Lcdo. Lugo no era su abogado y este ni siquiera lo conocía. El buscó en internet un abogado para un caso de una herencia y se puso en contacto con él para contratar sus servicios. Según el padre de Belford esto era una estrategia más de la defensa para atrasar el proceso y manipular el sistema de justicia.

Durante el juicio la fiscalía presentó varios testigo del incidente en el que murió Belford Ramírez. Uno de los testigos dijo a preguntas de la defensa que Belford llegó a golpear a Rafael. Este testigo dijo que Belford había salido al estacionamiento del Burger King minutos después que Rafael Soto, sin embargo, se retractó y luego dijo que salió algunos segundos después. Según el abogado de Rafael Soto, Roberto Alonso, este detalle era muy importante ya que demostraba que su cliente y Belford estaban enfrascados en una pelea cuando ocurrió la agresión que le costó la vida. Debido a esto la defensa de Rafael Soto argumentaba que su cliente había cometido un asesinato atenuado y no un asesinato en primer grado.

Sin embargo el fiscal que llevaba el caso, José Frank Nazario, no estaba de acuerdo ya que para que el acto de Rafael Soto fuera considerado un asesinato atenuado tenía que haber perdido el control de sus actos o como mencioné anteriormente estar en un estado de perturbación mental lo cual no ocurrió según el fiscal.

Uno de los testimonios más importantes del juicio fue el de la gerente del Burger King en donde fue asesinado Belford. 

Durante su testimonio en corte, la gerente indicó que Belford y sus amigos se encontraban haciendo la fila cuando entró Rafael Soto con varios acompañantes. Tan pronto Rafael llegó  al lugar comenzó a echarle piropos a una amiga de Belford pero según ella él no hizo nada. Luego de ordenar la comida ambos grupos se sentaron en mesas separadas cuando de repente Rafael Soto se levantó y empujó a Belford.  Al ver lo que pasaba ella les dijo que no pelearan allí que tenían que irse afuera y llamó a la Policía. Antes de salir del local Rafel le dijo a Belford; 

“si eres macho, te espero afuera”, 

Mirando a través del cristal del restaurante la gerente vio a los dos cuadrarse para pelear y observó cuando Rafael sacó algo de su bolsillo y cortó a Belford en el cuello. Luego se montó en su motora y se marchó del lugar.

A preguntas de la defensa, los cinco jóvenes que acompañaban a Belford dijeron que, a diferencia del testimonio de la gerente, Rafael ya se encontraba en el restaurante cuando ellos llegaron y antes de salir le dijo “buen provecho, bobo criao”, a lo que Belford respondió “cágate en tu madre”.

Lo que la defensa trataba de establecer era que los actos de Rafael Soto se dieron en medio de una pelea y que Belford de alguna manera u otra lo agredió provocando la acción. Por su parte la fiscalía quería establecer que Belford estaba tranquilo esa noche con sus amistades y Rafael fue el que vino a provocar la situación.

El patólogo forense Javier Serrano, confirmó durante la autopsia que Belford murió minutos después de recibir la herida en el cuello. Durante su testimonio, el último día del juicio, el patólogo indicó que Belford recibió cinco heridas con un arma filosa, cuatro de ellas superficiales y una profunda en la parte izquierda del cuello, la que  le causó la muerte en cuestión de dos a tres minutos. Esa herida le perforó los vasos, la carótida común y la arteria que queda detrás de la clavícula produciendo un sangrado profundo. En su análisis el patólogo pudo percatarse que una tercera parte de la sangre de Belford se fue hacia su cavidad toráxica, lo que le ocasionó un colapso pulmonar.

Mientras dibujaba en una pizarra una imagen de la herida que acabó con la vida de Belford el patólogo indicó que esta era una herida de daño irreparable y de carácter mortal.

Aunque no pudo determinar qué tipo de arma blanca usó Rafael cuando atacó a Belford, el patólogo dijo que la herida había sido hecha con un objeto filoso, que podría ser una navaja o un cuchillo pequeño.

En el examen toxicológico que se le realizó a Belford el patólogo informó que el joven arrojó un punto 12% de alcohol en la sangre y punto 14% en la orina. 

Aunque se  esperaba que la defensa de Rafael presentara el testimonio de un siquiatra que iba a tratar de demostrar que la muerte de Belford era un asesinato atenuado, producto de un arrebato de cólera, debido a que Belford provocó con sus palabras la ira de Rafael, la defensa decidió someter el caso sin presentar el testimonio del psiquiatra  ya que entendían que la prueba desfilada durante el juicio era suficiente para demostrar que había ocurrido un asesinato atenuado.

En agosto del 2008 luego de presentarse la prueba y los testimonios de la fiscalía y de la defensa, el caso fue sometido al tribunal. El 25 de septiembre las partes presentaron sus informes finales.

Rafael Soto Román fue encontrado culpable por la jueza Agnes Orriola Collado de asesinato en segundo grado por la muerte de  Belford Ramírez García y por violación a la Ley de Armas de Puerto Rico. 

La fiscalía le solicitó a la jueza que impusiera la pena máxima de ambos delitos, 25 años por el asesinato en segundo grado y 12 por la ley de armas.

La defensa de Rafael Soto por su parte solicitó una reconsideración ya en su opinión no se había configurado el delito de asesinato en segundo grado y ni se había probado la violación a la ley de armas.

El 19 de diciembre del 2008 Rafael Soto Román fue sentenciado a 26 años de cárcel por el asesinato en segundo grado de Belford Ramírez. Sin embargo, debido a que el ministerio público ni los agentes investigadores del caso lograron recuperar ni  presentar el arma homicida, el cargo de ley de armas fue desestimado.